Consejo de Estado confirma negativa a liquidación de perjuicios por lucro cesante contra la DIAN
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2025 12:31:9
El Consejo de Estado, en Sala de lo Contencioso Administrativo, resolvió un recurso de apelación interpuesto contra un auto que negó la liquidación de perjuicios solicitada en un trámite incidental dentro de un proceso de reparación directa contra la DIAN. La demanda original buscaba la reparación por daños ocasionados por el decomiso y remate de vehículos de transporte público.
Antecedentes del caso
En primera instancia, el tribunal administrativo declaró patrimonialmente responsable a la DIAN por el decomiso y remate de varios vehículos, fijando el monto de los perjuicios materiales. No obstante, dejó en abstracto la condena por lucro cesante, ordenando la apertura de un incidente para su liquidación con base en un dictamen pericial experto en transporte.
La parte demandante promovió el incidente de liquidación solicitando la designación de un perito especializado para calcular el lucro cesante. Sin embargo, el tribunal requirió que se aportara un dictamen que cumpliera con criterios específicos establecidos en sentencia anterior, incluyendo la consideración de ingresos netos mensuales, costos operativos y certificaciones de empresas similares en ciudades comparables.
Trámite del incidente y valoración del dictamen pericial
La parte demandante presentó un dictamen pericial que no cumplió con los requisitos legales ni con los criterios fijados por el Consejo de Estado. El dictamen carecía de soporte documental suficiente, no detallaba las pruebas analizadas ni justificaba adecuadamente las conclusiones sobre el monto del lucro cesante. Además, no se aportaron certificaciones de empresas transportadoras que permitieran validar los ingresos netos estimados.
El tribunal administrativo valoró el dictamen y concluyó que no era posible calcular el monto del lucro cesante con base en esa prueba, por lo que negó la liquidación de perjuicios. La parte demandada no presentó pruebas adicionales.
Decisión del Consejo de Estado
El Consejo de Estado confirmó la decisión de negar la liquidación de perjuicios debido a que la parte demandante no cumplió con su carga probatoria. Se destacó que, a pesar de las oportunidades y requerimientos para aportar un dictamen pericial válido, la parte actora no logró presentar una prueba que cumpliera con los criterios establecidos en la sentencia condenatoria ni con los requisitos del Código General del Proceso.
Asimismo, se señaló que la parte demandante no realizó las gestiones necesarias para conseguir un experto en transporte que rindiera el dictamen conforme a los estándares requeridos. Por lo tanto, no se logró acreditar el monto real del lucro cesante derivado del daño reconocido.
Implicaciones y conclusión
Esta decisión reafirma la importancia de cumplir con la carga probatoria en los procedimientos de liquidación de perjuicios, especialmente cuando se trata de daños económicos complejos como el lucro cesante. La adecuada fundamentación y soporte de los dictámenes periciales son esenciales para que los tribunales puedan cuantificar los daños y otorgar las reparaciones correspondientes.
En consecuencia, el Consejo de Estado confirmó el auto que negó la liquidación de perjuicios y ordenó devolver el expediente al tribunal de origen para lo de su cargo. Esta providencia es relevante para procesos similares en materia de reparación directa frente a entidades públicas.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.