Consejo de Estado deniega solicitud probatoria en proceso electoral contra alcalde de Bucaramanga
Proviene de: Sentencias
12 de junio de 2025 2:40:58
Antecedentes del caso
Varias demandas fueron interpuestas mediante el medio de control de nulidad electoral contra la elección del alcalde de Bucaramanga para el período 2024-2027. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Santander declaró la nulidad de dicha elección, basando su decisión en la comprobación de la doble militancia en la modalidad de apoyo por parte del alcalde electo. Esta decisión fue apelada tanto por el demandado como por uno de los impugnadores.Solicitud probatoria y contexto procesal
En segunda instancia, un tercero recurrente solicitó que se requiriera a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral certificar si los demandantes habían pedido información sobre la identificación de un código de partido político en las elecciones territoriales del 29 de octubre de 2023. Esta solicitud buscaba demostrar una supuesta negligencia en la carga probatoria de los demandantes y cuestionar la necesidad de la prueba decretada de oficio por la Sala. Simultáneamente, el actor demandante solicitó incorporar al expediente un formulario electoral aportado por la Registraduría, lo cual fue objeto de oposición por parte del tercero recurrente.Consideraciones jurídicas
El magistrado ponente recordó que, conforme al artículo 213 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la oportunidad probatoria en segunda instancia está destinada exclusivamente a contraprobar las pruebas decretadas de oficio, es decir, a demostrar lo contrario de lo que dichas pruebas evidencian. Por lo tanto, no puede utilizarse para incorporar pruebas ajenas a ese fin. Se aclaró que la prueba decretada de oficio buscaba aclarar un punto oscuro surgido durante el proceso: la identificación del partido político correspondiente a un...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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