Comisión Nacional de Crédito Agropecuario expide el nuevo Reglamento Operativo del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG)
Proviene de: Resoluciones
13 de junio de 2025 19:1:31
Contexto y Emisión de la Resolución
La Resolución 02 de 2025, emitida el 30 de mayo de 2025 por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario (CNCA), en ejercicio de las facultades conferidas por el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y diversas leyes y decretos, establece el Reglamento Operativo del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG). La publicación oficial se hizo en el Diario Oficial No. 53.147 el 12 de junio de 2025. Esta norma se presenta como un compendio unificado que reemplaza la Resolución 09 de 2023 y la Resolución 2 de 2024, con el fin de consolidar y optimizar las disposiciones que regulan el funcionamiento y administración del FAG.
¿Qué es el Fondo Agropecuario de Garantías (FAG)?
El FAG es un fondo especializado creado por la Ley 21 de 1985, administrado por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro), cuyo propósito es garantizar créditos y operaciones financieras dirigidas a proyectos de los sectores agropecuario, pesquero, acuícola, forestal y rural en general. Funciona como una cuenta especial supervisada por la Superintendencia Financiera de Colombia. El FAG es un instrumento clave para promover la inclusión financiera en el campo, especialmente para pequeños, medianos y grandes productores.
Destinatarios y Ámbito de Aplicación
La resolución aplica a todas las entidades integrantes del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario, así como a intermediarios financieros, cooperativas e intermediarios microfinancieros que utilicen el FAG para garantizar operaciones financieras, incluidas operaciones no crediticias realizadas a través de bolsas de bienes y productos agropecuarios. Este amplio espectro de destinatarios refleja la importancia del FAG como mecanismo de respaldo para diversas tipologías de productores y modalidades de financiamiento en el sector rural.
Objetivos y Finalidad de la Resolución
El reglamento tiene como finalidad establecer un marco operativo claro y actualizado para la administración y operación del FAG, garantizando la sostenibilidad financiera del fondo, la correcta gestión de riesgos y la eficiencia en la administración de las garantías. Busca incentivar la inclusión financiera, priorizando a pequeños productores, y establece mecanismos para la recuperación de garantías pagadas, así como reglas claras para la solicitud, otorgamiento y pago de garantías.
Principales Decisiones y Regulaciones Contenidas
Entre las disposiciones más relevantes destacan:
- Operaciones Garantizadas: El FAG podrá garantizar créditos redescontados y registrados en Finagro, operaciones en bolsas de productos agropecuarios y créditos destinados a inversiones productivas, compra de tierras y vivienda vinculada a proyectos agropecuarios.
- Limitaciones: Se excluyen créditos en mora, otorgados a patrimonios autónomos o a proyectos financiados simultáneamente con garantías que cubran el mismo bien subyacente.
- Otorgamiento de Garantías: Las garantías pueden ser individuales, globales o por grupos de cartera, con planes anuales que definen coberturas progresivas y comisiones diferenciadas según el tipo de productor y su historial crediticio.
- Sostenibilidad Financiera: Se establece la administración eficiente de recursos provenientes de utilidades de Finagro, donaciones y aportes públicos y privados, así como mecanismos para ajustar comisiones y descuentos en función del riesgo y el entorno macroeconómico.
- Recuperación de Garantías: El Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro), como administrador del FAG, asume la gestión de recuperación de valores pagados en garantía, con facultades para celebrar acuerdos de condonación y saneamiento, especialmente dirigidos a pequeños y medianos productores.
- Régimen de Transición: Se contemplan disposiciones específicas para la recuperación y gestión de garantías pagadas antes del 1° de septiembre de 2025, garantizando una transición ordenada.
- Inclusión de Víctimas: Se autoriza la valoración y aceptación de alivios financieros para víctimas de abandono o despojo de tierras, conforme a la legislación vigente, como medida reparadora.
Base Legal y Marco Normativo
La resolución se fundamenta en las facultades conferidas por el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (artículos 218, 223 y 231), la Ley 633 de 2000, decretos reglamentarios, la Ley 21 de 1985, la Ley 69 de 1993, la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo), la Ley 1448 de 2011 (atención a víctimas), y la Ley 2409 de 2024, entre otras disposiciones. Este marco legal garantiza la coherencia del reglamento con la política pública agropecuaria y financiera.
Impacto Potencial y Relevancia
La actualización del reglamento operativo del FAG representa un avance significativo para el financiamiento rural en Colombia. Al mejorar la gestión de garantías, establecer mecanismos claros de recuperación y condonación, y priorizar a pequeños productores, la norma contribuye a fortalecer la inclusión financiera y la sostenibilidad del crédito agropecuario. Además, al incorporar medidas especiales para víctimas de despojo y facilitar operaciones en bolsas de productos, se amplía el alcance del apoyo financiero hacia sectores vulnerables y modernos mecanismos de financiamiento.
La resolución también refleja un compromiso estatal con la gestión eficiente del riesgo y la promoción del desarrollo rural sostenible, lo que podría traducirse en mayor acceso al crédito, reducción de la informalidad financiera y fortalecimiento del sector agropecuario como motor de la economía nacional.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.