La Corte Constitucional declara fundado el impedimento del viceprocurador general de la nación por tener interés en la decisión
Proviene de: Sentencias
13 de junio de 2025 21:23:30
Antecedentes del caso
La Corte Constitucional recibió demandas de inconstitucionalidad contra la Ley 2381 de 2024, que establece el sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común. Durante el trámite procesal, se presentaron impedimentos de magistrados y funcionarios relacionados con la revisión de esta norma. En particular, el procurador general formuló impedimento para emitir concepto debido a su participación previa en el trámite legislativo de la ley. La Sala Plena aceptó este impedimento y ordenó que el viceprocurador general rindiera el concepto correspondiente.Fundamentos del impedimento del viceprocurador general
El viceprocurador general manifestó impedimento para rendir concepto, argumentando que desde el 1 de febrero de 2025 está afiliado al régimen de prima media con prestación definida administrado por Colpensiones, régimen regulado por la ley en revisión. Según el Decreto Ley 2067 de 1991, tener interés en la decisión es una causal de impedimento cuando dicho interés es: - Actual, es decir, vigente y concomitante al ejercicio de la función. - Personal, de naturaleza patrimonial o moral. - Directo, relacionado con el beneficio o afectación que la decisión tendría para el funcionario. La Sala Plena concluyó que el impedimento está fundado porque el funcionario hace uso de una prerrogativa establecida en la ley cuestionada, relacionada con el traslado entre regímenes pensionales, lo que afecta directamente su situación personal y patrimonial.Implicaciones y decisiones de la Corte
La Corte Constitucional recordó que, aunque el procurador general debe rendir concepto en estos procesos, las causales de impedimento deben evaluarse con base en la imparcialidad y la ausencia de conflicto de intereses. En este caso, la afiliación...Más noticias sobre Derecho Constitucional
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