La Corte Constitucional reitera incumplimientos en centros de detención transitoria y exige medidas urgentes
Proviene de: Sentencias
13 de junio de 2025 17:51:26
Contexto y antecedentes
La Corte Constitucional declaró el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en el sistema penitenciario y carcelario colombiano desde 2013, extendiéndolo en 2022 a los centros de detención transitoria (CDT), debido a las condiciones críticas y violaciones sistemáticas de derechos fundamentales en estos lugares, que no están diseñados para albergar personas más allá de 36 horas. La Sala Especial de Seguimiento tiene la competencia para verificar el cumplimiento de las órdenes estructurales y ha ordenado planes de acción con fases y plazos a cumplir por el Gobierno Nacional y entidades adscritas.
Evaluación del cumplimiento de las órdenes
Se agruparon las órdenes en tres grupos: (1) traslados inmediatos de personas condenadas y con medidas domiciliarias, (2) deshacinamiento y adecuación de infraestructura, y (3) adopción de documento CONPES para garantizar financiación. Pese a las órdenes emitidas desde 2022 y el Auto 1096 de 2024, la Sala constató que persisten graves deficiencias.
En el grupo 1, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) no cumplió con los traslados ordenados, manteniendo en 2025 a más de 1.500 personas condenadas y cerca de 100 con detención domiciliaria en CDT, lo que representa un incumplimiento general. Obstáculos logísticos, documentales y administrativos fueron identificados, pero considerados superables mediante una gestión articulada, la cual no se ha evidenciado. Además, la Policía Nacional y el Ministerio de Justicia reconocieron limitaciones en coordinación y recursos para efectuar los traslados.
En el grupo 2, el Ministerio de Justicia y del Derecho presentó un informe de cumplimiento basado en la formulación de una política pública de articulación con entidades territoriales para superar el ECI en CDT. Esta política incluye un plan de deshacinamiento y uno de intervención en infraestructura y habitabilidad, con lineamientos y herramientas técnicas para las entidades territoriales. Sin embargo, la Sala Especial evidenció que estas medidas son mayormente teóricas y no se tradujeron en acciones concretas ni en resultados medibles. La falta de recursos financieros claros, la delegación excesiva de responsabilidades a los entes territoriales sin respaldo efectivo del Gobierno Nacional, y la ausencia de una respuesta urgente agravan la crisis. La Procuraduría General de la Nación, en su informe de contraste, también alertó sobre la insuficiencia de las acciones y la persistencia del hacinamiento crítico.
Respecto al grupo 3, aunque el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación trabajan en la elaboración de un documento CONPES para garantizar la financiación de las obligaciones legales de las entidades territoriales, este se encuentra en fase de diagnóstico desde 2023, lo que evidencia un cumplimiento bajo y una demora injustificada que mantiene la precariedad presupuestal y administrativa.
Medidas ordenadas por la Corte
Ante estos incumplimientos, la Sala Especial requiere por última vez al Director General del INPEC que, en un plazo improrrogable de tres meses, presente un cronograma detallado para el traslado de todas las personas condenadas o con detención domiciliaria en CDT hacia establecimientos penitenciarios o sus domicilios, con ejecución inmediata y finalización en máximo cuatro meses.
También se requiere a la Policía Nacional que informe en veinte días sobre las medidas adoptadas para superar los obstáculos documentales y de coordinación con el INPEC, y al Ministerio de Salud y Protección Social que informe en igual plazo sobre las acciones para facilitar la atención y custodia de personas inimputables en el sistema de salud, incluyendo la remisión del protocolo actualizado.
Además, se solicita al Registrador Nacional del Estado Civil, a Migración Colombia y al Ministerio de Relaciones Exteriores que, de manera conjunta y en dos meses, presenten una estrategia coordinada para garantizar la identificación biométrica efectiva de personas extranjeras privadas de la libertad y viabilizar su traslado oportuno.
Al Ministerio de Justicia y del Derecho se le exige en dos meses un cronograma para cumplir con las órdenes de deshacinamiento y adecuación de infraestructura, formulado como una política pública integral, coherente, sostenible y con vocación de permanencia institucional.
Por último, se requiere a los Ministerios de Justicia y Hacienda y al Departamento Nacional de Planeación, en veinte días, un cronograma para la expedición del documento CONPES que garantice la financiación de las obligaciones de las entidades territoriales, con ejecución inmediata y plazo máximo de dos meses.
Exhortación y seguimiento
La Sala exhorta a la Defensoría del Pueblo a continuar participando activamente en el seguimiento del Estado de Cosas Inconstitucional en los centros de detención transitoria, adoptando las medidas necesarias para contribuir al cumplimiento efectivo de la sentencia SU-122 de 2022.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.