Constitución y delimitación de la Zona de Reserva Campesina Paz y Unión Campesina del Catatumbo en Norte de Santander: un avance jurídico en la protección de territorios campesinos
Proviene de: Acuerdos
17 de junio de 2025 16:44:25
Marco jurídico y naturaleza del acuerdo
El Acuerdo 466 de 2025, firmado el 30 de abril y publicado en el Diario Oficial No. 53.151 el 16 de junio de 2025, es un acto administrativo de carácter distrital expedido por el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras (ANT). Este cuerpo colegiado ejerció sus facultades legales, principalmente las conferidas por el artículo 80 de la Ley 160 de 1994 y sus normas reglamentarias, para constituir y delimitar la ZRC Paz y Unión Campesina del Catatumbo, en cumplimiento de mandatos constitucionales y legales que protegen los derechos del campesinado y promueven el acceso progresivo a la tierra.Objeto y finalidad del Acuerdo
El propósito fundamental del acuerdo es constituir un área geográfica como Zona de Reserva Campesina, figura legal que busca fomentar la pequeña propiedad rural campesina, evitar la concentración inequitativa de la propiedad y propiciar el desarrollo sostenible de la economía campesina. La ZRC Paz y Unión Campesina del Catatumbo se delimita en un territorio que incluye 61 veredas distribuidas en los municipios de Bucarasica, Ábrego, La Playa y Hacarí, con una extensión total de 59.017 hectáreas más 8.290 metros cuadrados. Este instrumento jurídico tiene como objetivos específicos regular la tenencia y el uso de la tierra, formalizar la propiedad rural, proteger el medio ambiente, controlar la expansión de la frontera agrícola y mejorar la relación entre las comunidades campesinas y la institucionalidad. Además, busca garantizar la participación de las comunidades en los procesos de planificación y decisión territorial, así como promover la soberanía alimentaria y la preservación de los recursos naturales renovables.Ámbito de...
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