CREG aclara facultades del operador de red sobre protecciones en instalaciones fotovoltaicas
Proviene de: Conceptos
18 de junio de 2025 18:42:7
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) respondió a una consulta respecto a la facultad del operador de red, en este caso la filial de un grupo empresarial, para requerir la implementación de protecciones en corriente directa (DC) durante la etapa de verificación técnica documental de solicitudes de proyectos de generación distribuida de energía fotovoltaica (AGPE), conforme a lo establecido en la Resolución CREG 174 de 2021.
El operador ha solicitado a los promotores la instalación de protecciones DC adicionales, aun cuando algunos equipos ya cuentan con estas protecciones certificadas bajo el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE). Esta situación generó dudas sobre si tales exigencias son obligatorias para la aprobación de los proyectos.
Marco regulatorio y competencia
En su concepto, la CREG aclaró que, según la Resolución 174 de 2021, la delegación para establecer los sistemas de protección corresponde al Consejo Nacional de Operación (CNO), que actualmente regula estos aspectos mediante el Acuerdo 1862 de agosto de 2024. Por tanto, las exigencias del operador deben alinearse con lo establecido en este Acuerdo.Recomendaciones y mecanismos de control
Se recomienda a los interesados revisar el Acuerdo del CNO disponible en línea y, en caso de considerar que el operador de red está aplicando incorrectamente la regulación, presentar la queja ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), entidad encargada de la inspección, vigilancia y control en la prestación de servicios públicos domiciliarios. Además, para dudas específicas sobre el Acuerdo, la CREG sugiere elevar la petición directamente al Secretario Técnico del CNO.Enfoque y propósito del pronunciamiento
Este pronunciamiento se emite en el marco del Código de...Más noticias sobre Energía
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