Tribunal Administrativo del Putumayo confirma sanción moratoria por retraso en pago de cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
18 de junio de 2025 18:42:26
Contexto y antecedentes del caso
El caso se originó con la solicitud de reconocimiento y pago de cesantías definitivas presentada por una docente oficial ante la Secretaría de Educación del Putumayo. La entidad reconoció la prestación, pero el pago se efectuó con retraso, lo que motivó la petición de sanción moratoria por el pago tardío. La falta de respuesta oportuna configuró un acto administrativo ficto negativo, por lo que la demandante interpuso acción de nulidad y restablecimiento del derecho.
Responsabilidad en el pago de la sanción moratoria
La Sala Plena del Tribunal revisó el recurso de apelación presentado por el departamento del Putumayo, que cuestionaba la condena por la sanción moratoria. Se estableció que, según el artículo 57 de la Ley 1955 de 2019, la responsabilidad del pago recae en la entidad territorial cuando la mora es atribuible a su gestión. En este caso, la demora en la expedición y notificación del acto administrativo fue imputable a la Secretaría de Educación del Putumayo.
Plazos y cálculo de la mora
El tribunal determinó que la Secretaría de Educación tuvo un plazo de 15 días hábiles para expedir la resolución que reconocía las cesantías, plazo que fue incumplido generando una mora de 23 días. No se encontró mora en la etapa de pago por parte de la fiduciaria encargada, dado que el desembolso se realizó dentro de los 45 días hábiles establecidos tras la recepción del acto administrativo definitivo.
Decisión final y consecuencias
Se confirmó la nulidad del acto administrativo ficto negativo y se condenó al departamento del Putumayo a reconocer y pagar la sanción moratoria equivalente a un...
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