Consejo de Estado anula cobro de contribución especial a universidad por falta de debido proceso
Proviene de: Sentencias
19 de junio de 2025 21:1:18
El Consejo de Estado, sala de lo contencioso administrativo, sección cuarta, analizó el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia que negó las pretensiones de una universidad pública en relación con el cobro de la contribución especial regulada en el artículo 6 de la Ley 1106 de 2006. Esta contribución grava los contratos de obra pública y su cobro fue establecido por el Departamento de Antioquia mediante dos resoluciones que exigían el pago por el primer semestre de 2013.
La universidad demandó la nulidad de ambas resoluciones, argumentando que se vulneró su derecho al debido proceso, pues no se le profirió un emplazamiento previo para declarar, requisito esencial en el procedimiento de aforo establecido en el Estatuto Tributario Nacional y en la normativa departamental. Además, sostuvo que la contribución no era aplicable a su naturaleza de ente universitario autónomo y que no había una norma departamental vigente que la estableciera para el período en cuestión.
Por su parte, el Departamento de Antioquia defendió la legalidad del cobro, al considerar que la universidad, como entidad pública departamental, tenía la obligación de actuar como agente retenedor de la contribución especial. También argumentó que el procedimiento administrativo respetó el derecho de defensa y que existía normativa aplicable para el cobro.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo confirmó la legalidad de las resoluciones, señalando que la universidad tuvo oportunidad de defenderse y que la contribución estaba regulada por la normativa nacional y departamental vigente para el período.
Falta de debido proceso en el procedimiento administrativo
Sin embargo, en segunda instancia, el Consejo de Estado...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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