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Consejo de Estado ampara derechos por mora judicial en proceso de acción popular

Proviene de: Sentencias

19 de junio de 2025 21:0:56

El Consejo de Estado, mediante su Sala de lo Contencioso Administrativo, resolvió una acción de tutela presentada contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, debido a la demora injustificada en la resolución de un recurso de apelación en un proceso de acción popular.

Antecedentes del caso

El proceso judicial se originó por una acción popular promovida contra el Municipio de Fusagasugá, con el fin de proteger derechos colectivos relacionados con el goce del espacio público y la seguridad en edificaciones. Durante el trámite, la demandante fue vinculada como representante legal de una de las partes interesadas en el proceso. Desde la admisión del recurso de apelación en octubre de 2017, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca no ha emitido sentencia de segunda instancia, a pesar de múltiples actuaciones procesales y solicitudes de pruebas técnicas, algunas de las cuales no han sido aportadas oportunamente por entidades externas.

Mora judicial y su justificación

La Sala explicó que la mora judicial se configura cuando hay incumplimiento injustificado de los plazos legales por parte de los funcionarios judiciales, sin motivos razonables que justifiquen la demora y cuando esta tardanza es imputable a la falta de diligencia del juez. El alto volumen de procesos y la complejidad del caso fueron reconocidos, pero no justifican la demora prolongada de más de siete años sin decisión definitiva, que afecta el derecho de acceso a la justicia y el debido proceso de las partes involucradas.

Decisión y órdenes de la Sala

El Consejo de Estado...

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