Consejo de Estado confirma competencia de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos para fijar precios máximos
Proviene de: Sentencias
19 de junio de 2025 15:41:8
Contexto y antecedentes del caso
La demanda impugnaba el artículo 3° de la Circular 002 de 2010 expedida por la CNPM, que establecía la fijación del precio máximo de los medicamentos recobrados al Sistema General de Seguridad Social en Salud. La actora argumentó que la CNPM carecía de competencia para asumir esta función, pues ninguna norma le otorgaba la facultad de fijar precios máximos, lo cual vulneraría varios artículos constitucionales y legales. Por su parte, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo defendió la validez del acto, señalando que la CNPM estaba facultada para formular la política de regulación de precios de medicamentos, incluyendo la fijación de precios máximos, en concordancia con la Ley 100 de 1993 y la Ley 81 de 1988.Marco jurídico aplicable
El derecho fundamental a la salud, garantizado por la Constitución Política y la Ley Estatutaria 1751 de 2015, establece que el Estado debe asegurar el acceso oportuno y de calidad a los servicios de salud. La Ley 100 de 1993 creó el Sistema de Seguridad Social en Salud, compuesto por regímenes contributivo y subsidiado, y fijó las bases para la regulación de precios de medicamentos. La CNPM fue creada por la Ley 100 de 1993, con la función exclusiva de formular la política de regulación de precios de medicamentos, función que antes ejercía el Ministerio de Desarrollo Económico conforme a la Ley 81 de 1988. El Decreto 413 de 1994 reglamentó su funcionamiento y atribuciones, que incluyen establecer y revisar criterios para la política de regulación de precios.Decisión y fundamentos del Consejo de Estado
El Consejo de Estado evaluó...Más noticias sobre Salud
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