Consejo de Estado confirma sanción por imputación improcedente en impuesto CREE 2015 a Cerrejón Zona Norte S.A.
Proviene de: Sentencias
19 de junio de 2025 21:6:17
Antecedentes y contexto del caso
Cerrejón Zona Norte S.A. presentó la declaración del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE correspondiente al año 2015, liquidando un saldo a favor que fue imputado en la declaración del periodo siguiente. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) realizó una liquidación oficial de revisión en 2018, determinando un mayor impuesto y disminuyendo el saldo a favor, además de imponer una sanción por inexactitud. Posteriormente, la DIAN inició un procedimiento sancionatorio e impuso una sanción del 20% sobre el valor imputado por devolución, compensación o imputación improcedente.
Cerrejón Zona Norte S.A. interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, alegando que la sanción fue impuesta sin que los actos administrativos de determinación hubieran adquirido firmeza, vulnerando principios constitucionales como el de legalidad y el principio de lesividad, que exige demostración de daño al Estado para sancionar. También argumentó que la imposición de la sanción mientras el asunto estaba en discusión ante la jurisdicción contencioso administrativa constituía desviación de poder.
Decisión del Tribunal y recurso de apelación
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la demanda, fundamentándose en que las devoluciones o imputaciones de saldos a favor son susceptibles de revisión por la Administración, y que la sanción puede imponerse una vez notificada la liquidación oficial de revisión, sin requerir la firmeza del acto de determinación. Además, sostuvo que los procesos de determinación y sancionatorio son autónomos y que no existió violación al principio de legalidad ni de lesividad.
Cerrejón Zona Norte S.A. apeló esta decisión, reiterando su argumento de que la sanción no podía...
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