La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma terminación de proceso por prescripción
Proviene de: Sentencias
19 de junio de 2025 21:6:27
Contexto del caso y actuación procesal
La queja fue presentada en 2022 por un ciudadano que contrató servicios profesionales para adelantar un proceso verbal de extinción de servidumbre. El encargo fue delegado a un abogado, quien finalmente asumió la representación judicial en el proceso. El cliente pagó honorarios y el caso fue radicado ante un juzgado municipal. Sin embargo, el abogado no asistió a la audiencia programada ni informó al poderdante, lo que derivó en la negativa de la demanda y la imposición de multas al abogado y al cliente, además de condena en costas. Posteriormente, se inició un proceso disciplinario contra el abogado por esta conducta.Decisiones en primera instancia y argumento de prescripción
La Comisión Seccional de Disciplina Judicial dispuso la terminación de la actuación disciplinaria en favor del abogado, argumentando que se cumplían los requisitos para la prescripción según el artículo 24 de la Ley 1123 de 2007, que establece un término de prescripción de cinco años para faltas instantáneas, contados desde la consumación del hecho. La conducta reprochada, la inasistencia a la audiencia, se consumó en diciembre de 2019, y la prescripción se cumplió en diciembre de 2024, extinguiendo la potestad sancionatoria del Estado.Apelación y consideraciones de la Comisión Nacional
El ciudadano interpuso recurso de apelación, alegando que la queja fue presentada dentro del término legal y que la demora fue responsabilidad del despacho disciplinario. La Comisión Nacional ratificó la prescripción, aclarando que la presentación de la queja no interrumpe ni suspende el término de prescripción y que la inactividad administrativa no puede afectar la seguridad jurídica del abogado. Además,...Más noticias sobre Derecho Privado
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