Presidencia objeta proyecto de ley sobre micronegocios por inconstitucionalidad e inconveniencia
Proviene de: Objeciones
24 de junio de 2025 15:44:14
Competencia y oportunidad de la objeción
La Presidencia de la República devolvió el proyecto de ley, aprobado por ambas cámaras, dentro del término constitucional de seis días hábiles, conforme al artículo 165 y 166 de la Constitución Política. La objeción se sustenta en presuntas violaciones constitucionales y en consideraciones de conveniencia para la política pública.Principales objeciones por inconstitucionalidad
En primer lugar, se señala que el proyecto vulnera la potestad reglamentaria exclusiva del Presidente de la República, al establecer una cláusula que condiciona la reglamentación a la refrendación del Congreso, lo cual no está previsto en la Constitución. Además, se cuestiona la atribución al Gobierno para unificar y reducir requisitos en la formalización de micronegocios, pues esto afecta el principio de reserva legal tributaria, ya que los requisitos para la formalización deben establecerse mediante ley y no por reglamento. También se objeta el artículo que concede exenciones de impuestos, contribuciones o tasas en servicios públicos, por no contar con la iniciativa del Gobierno nacional ni con el concepto de impacto fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, lo que incumple los artículos 154, 334 y 150 de la Constitución. Asimismo, se advierte que estas exenciones afectan la autonomía territorial, al desconocer las competencias y capacidades fiscales de las entidades territoriales y la función de los concejos municipales en la administración de tributos, contraviniendo los artículos 287, 294 y 338 constitucionales. Finalmente, se critica la omisión de un régimen de transición para la aplicación de la ley, lo que afecta los principios de irretroactividad y certeza tributaria establecidos en los artículos 338 y 363 de la Constitución.Objeciones...
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