La Corte Constitucional resuelve conflicto de competencia en tutela en Leticia
Proviene de: Autos
25 de junio de 2025 4:22:16
Antecedentes del caso
Un apoderado judicial presentó una acción de tutela contra la estación de policía y el Instituto Penitenciario y Carcelario de Leticia, alegando la vulneración del derecho al debido proceso, pues a pesar de que un juzgado penal municipal sustituyó una medida de aseguramiento intramural por detención en el lugar de residencia, la persona afectada continuaba detenida en la estación de policía.
El juzgado civil municipal de Leticia inicialmente declaró su falta de competencia y remitió el asunto a los juzgados del circuito. Posteriormente, el juzgado civil del circuito con conocimiento en asuntos laborales avocó conocimiento, vinculó a otros juzgados y a la entidad demandada, pero luego dejó sin efectos su decisión y remitió el expediente para reparto entre juzgados penales del circuito. Finalmente, un juzgado penal del circuito propuso un conflicto negativo de competencia y remitió el caso a la Corte Constitucional.
Consideraciones jurídicas de la Corte Constitucional
La Corte recordó que la solución de conflictos de competencia en materia de tutela corresponde, en principio, a las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, y que su propia competencia es residual, activándose solo para garantizar celeridad y evitar dilaciones en la protección de derechos fundamentales.
Se enfatizó que las reglas de reparto contenidas en decretos como el 1069 de 2015 no constituyen reglas de competencia, sino pautas internas para distribución de casos, por lo que ningún juez puede declararse incompetente con base en ellas ni anular actuaciones por esta causa. En cambio, debe tramitarse la acción o decidir la impugnación según corresponda, aplicando el principio perpetuatio jurisdictionis, que impide alterar...
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