Corte Constitucional ordena medidas para garantizar protección efectiva en casos de violencia intrafamiliar
Proviene de: Sentencias
25 de junio de 2025 4:21:38
Demoras y omisiones en la ejecución de medidas de protección
La acción de tutela fue interpuesta por una víctima de violencia intrafamiliar contra la Comisaría de Familia, la Policía Nacional y el juzgado de familia, por incumplimiento de la orden de arresto impuesta a su agresor en el marco de medidas de protección. La Corte constató que hubo dilaciones injustificadas en el trámite de las medidas y en la ejecución de la orden, así como seguimiento inadecuado, lo que mantuvo a la víctima y a su hija expuestas a situaciones de violencia durante más de cuatro años. Se evidenció que la Comisaría y el juzgado no actuaron con la celeridad y coordinación necesarias para garantizar la protección efectiva, incumpliendo plazos legales para remitir expedientes e imponer sanciones. La Policía Nacional también demoró en registrar y ejecutar la orden de arresto, alegando requisitos que no aplicaban al caso.Carencia actual de objeto y daño consumado
Durante el trámite de la tutela, las entidades accionadas y vinculadas adoptaron medidas razonables para cumplir con las órdenes de protección y arresto, configurándose un hecho superado en ese aspecto. Sin embargo, la Corte reconoció un daño consumado por la demora previa, que no puede ser revertido, y que constituye violencia institucional, al no brindar una respuesta eficaz y oportuna a la víctima.Obligaciones y medidas ordenadas por la Corte
La Corte Constitucional ordenó mantener la medida de protección especial que contempla acompañamiento policial permanente en el domicilio y lugar de trabajo de la víctima, mientras persista el riesgo. Además, instruyó a la Comisaría de Familia a realizar visitas trimestrales de seguimiento...Más noticias sobre Derecho Constitucional
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