Consejo de Estado declara nulidad parcial de ordenanza sobre estampilla Universidad de Antioquia
Proviene de: Sentencias
27 de junio de 2025 20:47:1
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado confirmó la nulidad total de los artículos 284 y 291, y la nulidad parcial de los artículos 285, 286, 287 y 289 de la Ordenanza 041 del 16 de diciembre de 2020, expedida por la Asamblea Departamental de Antioquia, que establecía el estatuto de rentas del departamento e instauraba la estampilla Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de Labor.
Hecho generador y principio de legalidad
El fallo señala que la ordenanza demandada no identifica de manera clara y precisa el acto gravado con la estampilla, limitándose a gravar el "consumo" de licores, vinos, aperitivos y similares en el departamento, sin precisar un acto documental en que intervenga un funcionario territorial, requisito fundamental establecido en la Ley 122 de 1994 para la procedencia de este tipo de tributo.
De acuerdo con la jurisprudencia reiterada, la autonomía de las entidades territoriales para crear tributos debe ejercerse dentro de los parámetros fijados por la ley, especialmente en lo relativo a la definición del hecho generador, que debe estar vinculado a actos en los que intervenga un funcionario competente para adherir la estampilla o documento equivalente.
Comparación con ordenanzas anteriores
El Consejo de Estado comparó la Ordenanza 041 de 2020 con la Ordenanza 62 de 2014, cuyo contenido es similar y que también fue objeto de nulidad parcial por razones análogas. La Sala concluyó que la falta de determinación del acto gravado afecta la validez de los demás artículos relacionados con la base gravable, tarifa, declaración, pago y transferencia de los recursos recaudados, pues están estructurados sobre...
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