Consejo de Estado admite acción de tutela contra Comisiones de Disciplina Judicial
Proviene de: Sentencias
27 de junio de 2025 20:50:2
El despacho de la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado admitió la acción de tutela interpuesta en contra de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. La acción fue presentada por quien ejerce la defensa en un proceso disciplinario, alegando vulneración del derecho fundamental al debido proceso y a la defensa, debido a la negación de la posibilidad de rendir versión libre dentro del proceso con radicado 08001-11-02-000-2022-00797-00F.
Solicitudes y fundamentos de la acción
El accionante solicitó, además, como medida provisional, la suspensión inmediata de todas las actuaciones del proceso disciplinario hasta que se garantice el pleno ejercicio del derecho fundamental al debido proceso, fundamentándose en el artículo 7 del Decreto 2591 de 1991, que permite al juez constitucional suspender actos que amenacen o violen derechos fundamentales.Consideraciones sobre la medida cautelar
El Consejo de Estado recordó que la adopción de medidas provisionales en tutelas está regulada por el Decreto 2591 de 1991 y debe cumplir con tres requisitos básicos: la viabilidad aparente de la solicitud, la existencia de peligro por mora y la proporcionalidad para evitar daños desproporcionados. En este caso, el accionante no presentó argumentos suficientes ni elementos probatorios que evidenciaran un perjuicio irremediable o grave que justificara la suspensión de las actuaciones del proceso disciplinario. Por tanto, el despacho consideró que no se configuró una situación concreta que amenace las garantías constitucionales invocadas y que requiera intervención inmediata, sin antes garantizar el derecho de defensa y contradicción de las comisiones accionadas.Resolución
Se admitió la acción de tutela y se ordenó notificar...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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