Consejo de Estado admite demanda y ordena acumulación contra resolución del Invías sobre contribución nacional de valorización
Proviene de: Sentencias
27 de junio de 2025 20:51:27
El Consejo de Estado, sala de lo contencioso administrativo, sección cuarta, admitió la demanda de nulidad presentada contra la Resolución 1729 de 26 de mayo de 2023, emitida por el Instituto Nacional de Vías (Invías). La resolución en cuestión aplica el cobro de la contribución nacional de valorización relacionada con el proyecto de infraestructura vial Cartagena – Barranquilla – Circunvalar de la Prosperidad.
Alcance y proceso jurídico
La demanda fue presentada en ejercicio del medio de control previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Tras verificar el cumplimiento de los requisitos legales, el Consejo de Estado procedió a admitir la demanda.
Asimismo, se identificó la existencia de otro proceso que también cuestiona la nulidad de la misma resolución, tramitado en la misma instancia y bajo el mismo medio de control. En consecuencia, conforme a la normativa vigente sobre acumulación de procesos y demandas, el Consejo de Estado ordenó acumular ambos procesos para su trámite conjunto.
Condiciones para la acumulación y competencia
La acumulación se dispuso en atención a que:
- La sección cuarta del Consejo de Estado es competente para conocer ambos procesos.
- Las pretensiones de nulidad planteadas en ambas demandas son conexas y pueden tramitarse conjuntamente.
- Los procesos se encuentran en la misma etapa procesal y se adelantan bajo el mismo procedimiento.
De esta manera, el proceso acumulado será tramitado conjuntamente y se decidirá mediante una única sentencia.
Próximos pasos y notificaciones
El Consejo ordenó notificar personalmente a las partes involucradas, incluyendo al Instituto Nacional de Vías, el Ministerio Público y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado....
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.