Consejo de Estado rechaza solicitud de adición a sentencia por devolución de dinero retenido
Proviene de: Sentencias
27 de junio de 2025 20:51:20
Antecedentes del caso
En un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, una sociedad demandante solicitó la nulidad de actos administrativos emitidos por la administración distrital, relacionados con la negativa a conceder excepciones en un proceso de cobro coactivo. El Tribunal Administrativo de Bolívar anuló dichos actos en noviembre de 2023 y dio por terminado el proceso sin condena en costas. La parte demandada apeló la decisión. El Consejo de Estado, en segunda instancia, confirmó la sentencia apelada en noviembre de 2024, también sin condena en costas. Posteriormente, la parte demandante solicitó la adición de la sentencia para que se ordene la devolución de un depósito judicial por más de 286 millones de pesos, consignado a órdenes de la Alcaldía Distrital de Cartagena y aportado como prueba en el proceso.Consideraciones jurídicas
El artículo 287 del Código General del Proceso (CGP), aplicable por remisión del artículo 306 de la Ley 1437 de 2011, establece que cuando una sentencia omite pronunciarse sobre algún extremo del litigio, esta omisión debe subsanarse mediante sentencia complementaria. Esta adición puede ser solicitada por parte interesada dentro del término de ejecutoria. Sin embargo, el mismo artículo exige que la parte afectada por la omisión haya interpuesto recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia para que la segunda instancia pueda complementar la decisión. En este caso, la parte demandante no interpuso dicho recurso, lo que impide a la Sala emitir un pronunciamiento complementario. Además, se señala que la parte solicitante podría haber pedido la adición ante el juez de primera instancia dentro del término legal, pero no lo hizo.Conclusión
Por estas razones,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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