Consejo de Estado ordena admitir demanda contra actos de registro del Ministerio de Transporte
Proviene de: Sentencias
27 de junio de 2025 20:46:59
El Consejo de Estado, en sesión del 29 de mayo de 2025, resolvió un recurso de apelación interpuesto contra el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había rechazado una demanda presentada contra inscripciones y anotaciones ordenadas por el Ministerio de Transporte en el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) y el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). La demanda cuestiona la legalidad de la anotación de “registro inicial con omisiones” y el Certificado de Normalización expedido para un vehículo de carga.
Antecedentes y pretensiones
La demanda fue interpuesta en ejercicio del medio de control previsto en el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), solicitando la nulidad de las inscripciones en el RNDC y la declaración de nulidad del Certificado de Normalización que subsanó las omisiones en el registro inicial del vehículo. Además, se pidió el restablecimiento del derecho con el levantamiento de prohibiciones y la condena del Ministerio de Transporte a pagar indemnizaciones por daños y perjuicios derivados de la imposibilidad de prestar el servicio público de transporte terrestre de carga.
Rechazo inicial y subsanación
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmitió inicialmente la demanda por defectos relacionados con la individualización de los actos administrativos demandados, la adecuación del poder conferido al apoderado, la claridad en la exposición del derecho subjetivo protegido, la falta de copias de los actos acusados y la constancia de notificación, así como la ausencia de envío simultáneo de la demanda y anexos a la entidad demandada.
Sin embargo, mediante recurso de apelación, la parte actora argumentó que sí identificó claramente los actos administrativos en los sistemas RUNT y RNDC mediante capturas de pantalla y que cumplió con los requisitos legales en la subsanación, incluida la remisión de la demanda y sus anexos.
Consideraciones del Consejo de Estado
La Sala recordó el procedimiento administrativo establecido en el Decreto 632 de 2019 y la Resolución 3913 de 2019 para la identificación y normalización de vehículos de transporte de carga con omisiones en su registro inicial. Se destacó que las anotaciones en las plataformas RNDC y RUNT constituyen actos susceptibles de control judicial, dado que generan efectos jurídicos para los propietarios de los vehículos.
El Consejo determinó que la demandante sí cumplió con individualizar los actos administrativos cuestionados mediante las pruebas aportadas y que el poder conferido al apoderado judicial cumplía con los requisitos legales al especificar los actos de registro impugnados. Asimismo, se concluyó que la pretensión de nulidad del Certificado de Normalización se formuló con la claridad requerida, señalando la vulneración de derechos fundamentales como el debido proceso y la defensa.
Respecto a la falta de copia de los actos administrativos y de la constancia de notificación, se señaló que el procedimiento administrativo no prevé notificación personal, sino la publicación de listados en canales oficiales, por lo que la ausencia de notificación formal no constituía un defecto insubsanable.
Finalmente, se estableció que la remisión tardía de la demanda y anexos a la entidad demandada durante el término de subsanación fue suficiente para cumplir con el requisito legal, y que no correspondía exigir la remisión simultánea en la fecha de radicación original.
Decisión
En mérito de lo anterior, el Consejo de Estado revocó el auto recurrido y ordenó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca proveer sobre la admisión de la demanda, devolviendo el expediente para su trámite correspondiente.
Esta decisión reafirma la posibilidad de someter a control judicial las anotaciones realizadas por el Ministerio de Transporte en los sistemas de registro de vehículos, especialmente cuando estas afectan la prestación del servicio público de transporte terrestre de carga y los derechos de los propietarios. Así, se fortalece la protección judicial frente a actos administrativos que pueden tener un impacto directo en la actividad económica y el derecho a la defensa de los ciudadanos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.