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La Corte Suprema revoca sanción por desacato contra jefe de nómina del Ejército Nacional

Proviene de: Sentencias

28 de junio de 2025 1:10:10

Antecedentes del caso

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva concedió una tutela que ordenaba al jefe de nómina del Ejército Nacional registrar una orden de embargo salarial emitida por un juzgado de familia. Sin embargo, dicha orden no fue acatada en el término establecido, lo que motivó la apertura de un incidente de desacato. El tribunal requirió a los funcionarios involucrados en la administración de personal del Ejército para que cumplieran la orden judicial. Se inició un trámite sancionatorio contra el jefe de nómina y su superior jerárquico por el incumplimiento.

Cumplimiento tardío y sanción

Durante el proceso, el jefe de nómina no presentó defensa ni justificó la demora en el cumplimiento. Finalmente, se le impuso una multa equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente y un día de arresto. No obstante, antes de que la sanción se hiciera efectiva, el funcionario procedió a registrar la orden de embargo en el sistema de información para la administración del talento humano, acreditando así el cumplimiento de la medida cautelar.

Consideraciones jurídicas

La Corte recordó que la sentencia emitida en tutela tiene fuerza vinculante y debe cumplirse de forma urgente e integral. El desacato se configura cuando hay una desobediencia consciente y voluntaria a la orden judicial. Sin embargo, en este caso, aunque el cumplimiento fue tardío, se efectuó antes de la ejecución de la sanción, lo que justifica dejar sin efecto la multa y el arresto. La finalidad del incidente de desacato es garantizar el cumplimiento de la sentencia, no la imposición de sanciones per se.

Decisión final

Por lo anterior, la Corte Suprema de Justicia revocó la...

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