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Magistrados de la Sala de Casación Laboral se declaran impedidos para decidir acción de tutela

Proviene de: Sentencias

28 de junio de 2025 1:10:3

Antecedentes y desarrollo del caso

La acción de tutela fue presentada contra una universidad y su fondo de salud, asignada inicialmente a un juzgado penal municipal con funciones de control de garantías, que declaró su falta de competencia y remitió el trámite a un juzgado de pequeñas causas y competencia múltiple de otra jurisdicción. Este último juzgado también se rehusó a conocer del asunto y declaró un conflicto de competencia, remitiendo el caso a la Corte Suprema de Justicia. La accionante alegó que durante varios días no se había resuelto la acción de tutela, lo que vulneraba derechos fundamentales como el derecho de petición, debido proceso, confianza legítima y acceso a la administración de justicia. Solicitó que la Corte Suprema se pronunciara sobre el auto interlocutorio y que los juzgados correspondientes resolvieran la acción inicial.

Decisión de la Corte Suprema de Justicia

La sala plena de la Corte Suprema de Justicia determinó que la competencia para conocer la acción de tutela corresponde al juzgado penal municipal con funciones de control de garantías. En consecuencia, remitió el expediente a dicho despacho para su trámite. Dado que los magistrados integrantes de la Sala de Casación Laboral habían intervenido previamente en el proceso, se declararon impedidos para conocer esta acción constitucional, en cumplimiento del numeral 6° del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, que establece como causal de impedimento haber dictado la providencia cuestionada o haber participado en el proceso. Por ello, ordenaron que las diligencias sean remitidas a otro despacho judicial para que continúe con la tramitación, garantizando así la imparcialidad y transparencia del proceso.

Impacto y...


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