La corte confirma ocultamiento de datos personales tras extinción de pena penal
Proviene de: Sentencias
28 de junio de 2025 1:12:28
Antecedentes y solicitud de tutela
En un proceso judicial por tráfico de estupefacientes, el juzgado de ejecución de penas declaró la extinción de la sanción penal y ordenó el ocultamiento de los datos personales del condenado en la página web de la Rama Judicial. A pesar de esta orden, el interesado alegó que sus datos persistían en plataformas públicas y privadas, afectando su acceso al empleo. Ante la falta de respuesta por parte de las autoridades judiciales responsables, interpuso acción de tutela para proteger sus derechos fundamentales, incluyendo habeas data, buen nombre y trabajo.Decisión judicial y análisis
La sala penal del tribunal superior negó la tutela, señalando que la orden de ocultamiento ya había sido cumplida en la página web oficial, y que la información permanecía en bases internas para fines administrativos. Se destacó que la acción de tutela no era el mecanismo adecuado para exigir la eliminación total de datos en plataformas privadas. La sala de casación penal, en revisión, confirmó este criterio y recordó los principios jurisprudenciales sobre el derecho al habeas data. Se estableció que, tras la extinción o prescripción de la pena, los datos identificativos deben ser ocultados en bases de acceso público, pero los documentos originales se mantienen en archivos judiciales para consulta bajo las normas de acceso a la información pública.Implicaciones y recomendaciones
Este fallo reafirma que la anonimización o ocultamiento de datos personales en procesos penales extintos es procedente en bases públicas, protegiendo la privacidad sin afectar el derecho de acceso a la información. Sin embargo, la eliminación total de datos en plataformas privadas debe gestionarse directamente...Más noticias sobre Derecho Penal
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