Tribunal Administrativo del Putumayo fija responsabilidad por sanción moratoria en pago de cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
28 de junio de 2025 1:11:58
El Tribunal Administrativo del Putumayo, en resolución del 30 de abril de 2025, analizó un recurso de apelación interpuesto por el Ministerio de Educación Nacional – Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) contra una sentencia que ordenaba el pago de la sanción moratoria por el pago extemporáneo de cesantías parciales a una docente oficial.
Contexto y antecedentes del caso
La controversia surgió por el retraso en el pago de cesantías parciales reconocidas mediante resolución en junio de 2020, cuyo abono se efectuó en noviembre del mismo año. La docente solicitó reconocimiento y pago de la sanción moratoria contemplada en el artículo 5 de la Ley 1071 de 2006, debido al incumplimiento de los plazos legales para la cancelación de esta prestación social. La petición fue inicialmente negada por la Fiduciaria encargada de administrar los recursos del FOMAG, y la entidad territorial no respondió. El juzgado de primera instancia declaró la nulidad del acto administrativo negativo y ordenó el pago de la sanción moratoria, atribuyendo la responsabilidad a la Nación – Ministerio de Educación Nacional – FOMAG.Análisis jurídico y decisión del Tribunal
El Tribunal ponderó la normativa aplicable, especialmente la Ley 244 de 1995 modificada por la Ley 1071 de 2006, y la Ley 1955 de 2019, que regula la eficiencia en la administración de recursos del FOMAG. Según esta última, los recursos del Fondo solo pueden destinarse para prestaciones económicas, sociales y asistenciales, excluyendo indemnizaciones, y establece que la entidad territorial será responsable de la sanción moratoria cuando el retraso se origine en la entrega o radicación tardía de solicitudes de cesantías. Se...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias