Revocan reconocimiento de sanción moratoria por pago tardío de cesantías a docente en Sucre
Proviene de: Sentencias
28 de junio de 2025 1:11:21
El Tribunal Contencioso Administrativo de Sucre decidió revocar la sentencia del Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Sincelejo, que había accedido parcialmente a una demanda presentada contra la Nación – Ministerio de Educación Nacional, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) y el Departamento de Sucre. La acción buscaba el reconocimiento y pago de una sanción moratoria por el pago tardío de cesantías parciales de un docente.
Antecedentes y pretensiones
El demandante ejerció el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho debido a la falta de respuesta a una solicitud presentada en septiembre de 2022, mediante la cual solicitó el reconocimiento y pago de la sanción moratoria establecida en la Ley 1071 de 2006 y el artículo 57 de la Ley 1955 de 2019. La sanción corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago de cesantías parciales. La solicitud inicial para el reconocimiento y pago de cesantías parciales fue presentada en agosto de 2019. La Secretaría de Educación Departamental de Sucre expidió la resolución que reconoció y ordenó el pago en septiembre de 2019. Sin embargo, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio realizó el pago de forma extemporánea en diciembre de 2019, lo que llevó a la reclamación de la sanción moratoria.Decisión en primera instancia
El juzgado de primera instancia declaró la nulidad del acto administrativo tácito por silencio administrativo y condenó al Departamento de Sucre a pagar la sanción moratoria correspondiente a un día de salario por el retraso en el pago. Consideró que la responsabilidad recaía en dicha entidad...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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