Consejo de Estado confirma retiro discrecional de subintendente de la Policía Nacional
Proviene de: Sentencias
28 de junio de 2025 1:11:14
El Tribunal Administrativo de Sucre, en segunda instancia, resolvió un recurso de apelación contra la decisión de primera instancia que negó la nulidad del retiro de un subintendente de la Policía Nacional. El retiro se efectuó mediante resolución del director general de la Policía Nacional, basada en la recomendación previa de la Junta de Evaluación y Clasificación para Suboficiales, personal Nivel Ejecutivo y Agentes.
Contexto y antecedentes del caso
El funcionario en cuestión prestó servicios desde 2006 hasta su retiro en 2017, durante los cuales recibió evaluaciones mixtas: aunque contaba con múltiples anotaciones positivas y condecoraciones, también registraba numerosas anotaciones negativas relacionadas con deficiencias en su desempeño y compromiso institucional. La resolución de retiro se basó en la pérdida de confianza institucional debido a reiteradas conductas consideradas contrarias a los valores y deberes del servicio policial.Fundamentos normativos y jurisprudenciales
El retiro por voluntad discrecional está regulado en la Ley 857 de 2003 y el Decreto Ley 1791 de 2000, estableciendo que la decisión debe estar precedida por una recomendación fundada de la junta evaluadora respectiva. La jurisprudencia de unificación del Consejo de Estado (Sentencia SUJ-26-S2 de 2022) exige que dicha recomendación esté sustentada en razones objetivas y que el funcionario tenga acceso a los fundamentos para garantizar el debido proceso.Decisión del tribunal
La sala concluyó que: - La recomendación de retiro estuvo basada en un estudio completo y objetivo de la trayectoria y desempeño del subintendente, cumpliendo con los principios de proporcionalidad y razonabilidad. - El funcionario recibió copia de la recomendación y sus soportes al momento de la notificación del retiro. - La decisión de retiro...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias