Tribunal Administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 13:32:44
Antecedentes del caso
El caso se originó con la solicitud de reconocimiento y pago de cesantías definitivas presentada en octubre de 2016 por una docente. La entidad territorial reconoció las cesantías mediante resolución emitida en octubre de 2019 y realizó el pago en noviembre de ese año, con un retraso de 1.047 días después del plazo legal. La docente solicitó el pago de la sanción moratoria, que fue negado por la entidad en diciembre de 2019. El Departamento de Córdoba se opuso a las pretensiones de la demanda, argumentando falta de legitimación y que el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag) es el responsable de asumir el pago de cesantías y sanciones moratorias a los docentes afiliados. El juez de primera instancia declaró la nulidad del oficio negando la sanción moratoria y condenó al Departamento de Córdoba al pago de la sanción moratoria por el retraso de 1.021 días, calculado con base en el salario devengado por la docente al momento del retiro.Argumentos en segunda instancia
En apelación, la entidad demandada sostuvo que la reclamación corresponde a un periodo anterior a la vigencia de la Ley 1955 de 2019, y que la responsabilidad recae sobre la Nación a través del Fomag, por lo que no le compete asumir la sanción moratoria. Además, defendió la firmeza del acto administrativo de reconocimiento de cesantías.Consideraciones del tribunal
El tribunal recordó que la legislación vigente establece plazos claros para el reconocimiento y pago de cesantías, y que en caso de mora corresponde el pago de una sanción equivalente a un día de salario por cada día de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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