Tribunal Administrativo de Córdoba confirma existencia de contrato laboral para auxiliar de enfermería en entidad pública
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 13:32:44
Antecedentes y demanda
El caso se originó por una demanda presentada contra una entidad estatal de salud, en la que la demandante solicitó la nulidad de un oficio que negó el reconocimiento y pago de prestaciones sociales, aportes a seguridad social y sanción moratoria relacionados con su vinculación mediante contratos de prestación de servicios como auxiliar de enfermería. Se alegó que, a pesar de la modalidad contractual, existió una relación laboral real que ameritaba el reconocimiento de dichos derechos.Sentencia de primera instancia y recurso de apelación
El Juzgado Noveno Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería falló a favor de la demandante, declarando la existencia de un contrato laboral entre la auxiliar de enfermería y la entidad pública para ciertos periodos, y ordenó el pago de las prestaciones sociales correspondientes. La entidad demandada interpuso recurso de apelación argumentando que no existió subordinación, sino una relación de coordinación legítima propia de la contratación por servicios.Consideraciones del Tribunal en segunda instancia
El Tribunal Administrativo de Córdoba, en segunda instancia, confirmó la sentencia de primera instancia. En su análisis, el Tribunal se apoyó en la normativa aplicable, como el artículo 32 numeral 3° de la Ley 80 de 1993, y en la jurisprudencia unificadora del Consejo de Estado y la Corte Constitucional. Se destacó que, en el sector salud, la figura del contrato de prestación de servicios se desvirtúa cuando se acreditan los elementos de una relación laboral: prestación personal del servicio, remuneración y subordinación. Respecto a la subordinación, el Tribunal señaló que esta se presume en auxiliares de enfermería debido...Más noticias sobre Derecho Laboral
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