Corte Constitucional anuncia decisión sobre exequibilidad del Decreto 108 de 2025 en materia agraria y de protección de tierras
Proviene de: Comunicados de Prensa
1 de julio de 2025 14:25:45
Declaraciones sobre exequibilidad e inexequibilidad
La Corte declaró inexequible la expresión “y las personas que se reincorporen a la vida civil” del artículo 2 del Decreto 108 de 2025, así como los artículos 3, 4 y 7 del mismo, al considerar que exceden los límites establecidos en la sentencia previa C-148 de 2025, que validó parcialmente el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo y municipios aledaños. Estas disposiciones abordan problemáticas estructurales propias de una política pública agraria, que superan el marco definido para el estado de excepción.
Por otro lado, se declararon exequibles los artículos 1 y 8 del Decreto. La exequibilidad del artículo 2 fue condicionada en cuanto adicionó ciertos incisos al artículo 19 de la Ley 387 de 1997, limitando su aplicación territorialmente a la región de la emergencia y temporalmente al término de vigencia del decreto y su prórroga.
Aspectos adicionales y efectos de la decisión
El comunicado también señala que algunas disposiciones relacionadas con el saneamiento de predios y la suspensión del estado registral fueron declaradas inexequibles por falta de motivación suficiente. Se aclaró que los efectos de la inexequibilidad serán inmediatos y hacia el futuro, salvo en casos específicos con efectos retroactivos, como el artículo 4 referente a la expropiación administrativa.
Esta decisión preliminar advierte al público jurídico sobre los alcances y limitaciones del Decreto Legislativo 108 de 2025 en el marco del estado de conmoción interior, enfatizando la protección de los derechos de las víctimas y la delimitación clara de las competencias en materia agraria.
La sentencia completa se publicará próximamente para un análisis detallado y permitirá...
Más noticias sobre Derecho Constitucional
No se encontraron sugerencias
Corte Constitucional anuncia decisión sobre exequibilidad del Decreto 108 de 2025 en materia agraria y de protección de tierras