Tribunal Administrativo del Cesar niega responsabilidad patrimonial al municipio de Valledupar por pago irregular de cesiones de crédito
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 19:14:51
Antecedentes y pretensiones
El medio de control de reparación directa fue interpuesto por una ciudadana que reclamó al municipio de Valledupar por el pago realizado a contratistas sin considerar las cesiones de crédito que ella había celebrado con dichas entidades. Las cesiones correspondían a contratos con una fundación cultural sin ánimo de lucro y una unión temporal encargada de mobiliario urbano, por valores superiores a noventa y cinco millones y quinientos millones de pesos, respectivamente. La demandante solicitó que se declarara la responsabilidad administrativa y patrimonial del municipio y que se le indemnizaran los perjuicios causados, incluyendo intereses moratorios.
Argumentos de las partes
El municipio argumentó que las cesiones de crédito no fueron aceptadas expresamente y que existían cláusulas contractuales que prohibían la cesión sin consentimiento previo del municipio. Además, señaló que las obligaciones fueron incorporadas en un acuerdo de reestructuración de pasivos según la ley 550 de 1999, en el cual la demandante no fue reconocida como acreedora. También sostuvo que, en caso de legitimidad, las acciones estaban afectadas por caducidad.
Por su parte, la fundación cultural negó responsabilidad y sostuvo que la cesión no cumplía con los requisitos legales, además de desconocer algunas firmas en los documentos. La unión temporal alegó que el documento de cesión era inexistente y falsificado, y que no tenía responsabilidad en los hechos.
Consideraciones jurídicas
El tribunal recordó que la responsabilidad patrimonial del Estado requiere acreditar un daño antijurídico y su imputación a la administración. En cuanto a la cesión de crédito, explicó que para que esta produzca efectos frente al deudor (en este caso, el municipio), debe notificarse...
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