Tribunal Administrativo de Córdoba reconoce pensión de jubilación a docente vinculada por OPS
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 19:6:16
El Tribunal Administrativo de Córdoba, en segunda instancia, resolvió un recurso de apelación contra una sentencia que negaba el reconocimiento de la pensión de jubilación a una docente oficial que prestó servicios mediante órdenes de prestación de servicios (OPS) al Municipio y al Departamento. La docente solicitó el reconocimiento de su pensión en diciembre de 2018, pero no obtuvo respuesta, configurándose un silencio administrativo negativo.
Antecedentes y régimen pensional aplicable
La demandante nació en 1959 y trabajó como docente oficial vinculada inicialmente mediante OPS desde 1995 hasta 2003, y posteriormente mediante nombramiento. Dado que su vinculación al magisterio oficial inició antes del 26 de junio de 2003, la legislación aplicable es la Ley 33 de 1985, en concordancia con la Ley 91 de 1989, que establecen requisitos para la pensión ordinaria de jubilación: 55 años de edad y 20 años de servicio, con un pago equivalente al 75 % del salario promedio del último año de servicios. El juzgado de primera instancia negó la demanda al considerar que la demandante no acreditó aportes pensionales durante el tiempo vinculado por OPS. Sin embargo, el Tribunal revocó esta decisión, destacando que la falta de aportes no puede afectar el derecho pensional del trabajador, ya que es obligación del empleador cumplir con dichos aportes.Reconocimiento del tiempo laborado bajo OPS
El Tribunal consideró probado que la docente estuvo vinculada mediante órdenes de prestación de servicios en diferentes periodos entre 1995 y 2003, y que esta vinculación encubría una relación laboral efectiva. Por tanto, dichos periodos deben ser computados para efectos pensionales, atendiendo a los principios de primacía de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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