Tribunal Administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 19:4:29
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo de Córdoba resolvió el recurso de apelación interpuesto por la entidad territorial contra una sentencia de primera instancia que reconoció el derecho al pago de sanción moratoria por mora en el pago de cesantías. La demanda fue presentada por una docente contra la Nación – Ministerio de Educación – FOMAG y el Departamento de Córdoba, reclamando el pago de la sanción establecida en las leyes 1071 de 2006 y 1955 de 2019, equivalente a un día de salario por cada día de retardo desde los términos legales previstos. La controversia gira en torno a la fecha de radicación de la solicitud de cesantías y el cumplimiento de los plazos para el reconocimiento y pago efectivo. La entidad territorial alegó que la solicitud fue radicada en una fecha posterior a la indicada inicialmente en el proceso, lo que influiría en el cálculo de la mora.Fundamentos jurídicos y análisis del tribunal
El tribunal reiteró que, conforme a la jurisprudencia del Consejo de Estado, el cómputo de la sanción moratoria inicia desde la radicación de la solicitud de cesantías, otorgando 15 días hábiles para expedir el acto administrativo de reconocimiento, 10 días para la ejecutoria de la decisión y 45 días hábiles para realizar el pago. En total, 70 días hábiles para cumplir con la obligación. Según el sistema de atención al ciudadano, se comprobó que la solicitud fue efectivamente radicada en la fecha inicial alegada por la demandante. Por lo tanto, se aplicaron los términos legales para determinar un periodo de mora de 69 días en el pago...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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