Tribunal administrativo confirma tutela por derecho de petición en inclusión en ruta priorizada por discapacidad
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 19:4:41
El caso se originó a partir de una petición presentada el 26 de diciembre de 2024, en la que un ciudadano con registro de víctima de desplazamiento forzado y discapacidad psicosocial solicitó a la UARIV su inclusión en la ruta priorizada para el pago de la indemnización administrativa. La entidad respondió con un certificado de desplazado, pero sin pronunciarse de fondo sobre la priorización solicitada.
La tutela inicial amparó los derechos fundamentales de petición, debido proceso e igualdad, y ordenó a la entidad responder de fondo en un plazo de 48 horas. La UARIV impugnó esta decisión, alegando que sí se había dado respuesta adecuada y que se estaba aplicando el método técnico de priorización conforme a las resoluciones vigentes.
Respuesta insuficiente de la entidad
Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Córdoba consideró que la respuesta dada fue posterior a la sentencia de primera instancia y que no cumplió con los requisitos de claridad, precisión y congruencia necesarios para resolver la petición de fondo. Además, señaló que la respuesta fue genérica, sin detallar el procedimiento ni los tiempos para la valoración de la solicitud.
El tribunal recordó que el derecho fundamental de petición, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, implica la obligación de la administración de brindar respuestas claras, completas y oportunas. Asimismo, reiteró la importancia del debido proceso administrativo y la obligación de la entidad de motivar sus decisiones y garantizar la participación efectiva del ciudadano.
Decisión final y garantías para los derechos fundamentales
Por lo anterior, se confirmó la sentencia que ordena a la UARIV resolver de fondo si el solicitante...
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