Tribunal administrativo confirma derecho a bonificación judicial como factor salarial integral
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 18:53:4
Contexto y antecedentes del caso
El proceso se originó a partir de la solicitud de una funcionaria de la Fiscalía General de la Nación, quien exige el reconocimiento de la bonificación judicial establecida en el Decreto 382 de 2013 como un factor salarial integral para la liquidación de todas sus prestaciones sociales, incluyendo las devengadas y las futuras. La entidad demandada negó esta petición, alegando que la bonificación solo constituye factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
El Juzgado 403 Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Montería, en primera instancia, inaplicó la restricción establecida en el decreto y ordenó a la Fiscalía reconocer y pagar la bonificación judicial como factor salarial completo, incluyendo la reliquidación y actualización de las prestaciones sociales.
Fundamentos jurídicos y análisis
El Tribunal recordó que la Ley 4 de 1992 faculta al Gobierno Nacional para fijar el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, incluyendo a los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación. Sin embargo, esta facultad está sujeta a criterios de justicia, equidad y respeto a derechos fundamentales como la irrenunciabilidad del salario y la primacía de la realidad sobre la forma.
El Decreto 382 de 2013 creó la bonificación judicial como un pago mensual para los servidores de la Fiscalía, pero limitó su carácter salarial únicamente para efectos de cotización en pensiones y salud, excluyéndola para la liquidación de otras prestaciones sociales.
La Sala revisó el concepto de salario conforme al Código Sustantivo del Trabajo y la jurisprudencia constitucional y administrativa, concluyendo que...
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