Tribunal Administrativo de Córdoba confirma derecho a incluir bonificación judicial como factor salarial
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 18:51:45
Contexto del caso
El Tribunal analizó el recurso de apelación presentado por la entidad demandada contra la sentencia de primera instancia que accedió parcialmente a la demanda de una empleada judicial. La demandante solicitaba que la bonificación judicial, establecida inicialmente por el Decreto 383 de 2013, fuera considerada como factor salarial para efectos de liquidar todas sus prestaciones sociales, y no únicamente para la base de cotización al sistema de pensiones y salud.
Argumentos de las partes
La demandante alegó que la exclusión de la bonificación judicial como factor salarial para prestaciones sociales vulnera derechos constitucionales y laborales, pues dicha bonificación se recibe de forma habitual y constituye una contraprestación directa por el servicio prestado. Por su parte, la entidad demandada sostuvo que los decretos que regulan la bonificación expresan claramente que esta solo es factor salarial para la base de cotización, y que no existe norma que modifique esta disposición, por lo que debe cumplirse estrictamente.
Fundamentos jurídicos y decisión
El Tribunal recordó que el salario comprende toda remuneración habitual en dinero o especie como contraprestación directa del trabajo, conforme al Código Sustantivo del Trabajo y la jurisprudencia constitucional. Además, resaltó que el Congreso delegó al Gobierno Nacional la fijación del régimen salarial de empleados públicos, pero sin que esto pueda vulnerar derechos mínimos fundamentales reconocidos en la Constitución.
En ese sentido, se concluyó que la limitación impuesta por el Decreto 383 de 2013, que restringe el carácter salarial de la bonificación judicial, resulta contraria a principios constitucionales como la primacía de la realidad y la irrenunciabilidad del salario. Por tanto, la bonificación debe incluirse como factor salarial para la liquidación completa de prestaciones sociales.
Implicaciones para los empleados de la Rama Judicial
La decisión afecta a todos los empleados judiciales que reciben esta bonificación, garantizando que se reconozcan integralmente sus derechos laborales y prestaciones sociales. Además, el Tribunal aclaró que las dificultades presupuestales alegadas por la entidad no pueden impedir el cumplimiento de la sentencia.
Impedimentos y trámite
Durante el proceso, se aceptó el impedimento de una magistrada vinculada a reclamaciones similares, garantizando la imparcialidad del fallo. Finalmente, se confirmó la sentencia de primera instancia y no se impusieron costas en esta segunda instancia.
Esta decisión refuerza la protección de los derechos laborales de los servidores públicos judiciales y establece un precedente sobre la interpretación del concepto de salario en el sector público, promoviendo una mayor justicia y equidad en la remuneración y reconocimiento de sus beneficios laborales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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