Tribunal Administrativo de Córdoba modifica condena por sanción moratoria en pago de cesantías
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 18:51:35
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo de Córdoba atendió un recurso de apelación contra una sentencia inicial que había condenado al Departamento de Córdoba a pagar una sanción moratoria por retrasos en el reconocimiento y pago de cesantías. La controversia surgió por la discrepancia en la fecha de radicación de la solicitud de cesantías, elemento clave para el cálculo de la mora.
El demandante reclamó el pago de la sanción moratoria establecida en la Ley 1071 de 2006 y la Ley 1955 de 2019, que estipula un día de salario por cada día de retardo en el pago de las cesantías, además de ajustes por la disminución del poder adquisitivo y el pago de intereses moratorios.
Decisión y fundamentos jurídicos
El Tribunal consideró que la fecha válida para la radicación de la solicitud de cesantías fue el 28 de febrero de 2020, en lugar del 11 de mayo de 2020 como se había tomado inicialmente. Esta conclusión se basó en la documentación presentada y en la falta de pruebas que acreditaran otra fecha oficial.
De acuerdo con la jurisprudencia del Consejo de Estado y el marco normativo vigente, el cómputo de la sanción moratoria inicia a partir de la radicación de la petición, contemplando plazos específicos para el reconocimiento y pago de las cesantías. En este caso, la mora se contabilizó desde el 13 de junio hasta el 18 de septiembre de 2020, totalizando 98 días.
Respecto a la responsabilidad, el Tribunal señaló que, conforme a la Ley 1955 de 2019, el Departamento de Córdoba es responsable del pago de la sanción moratoria derivada...
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