Tribunal Administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 18:48:44
Contexto del caso y solicitud de sanción
El tribunal conoció un recurso de apelación presentado por el departamento territorial contra la sentencia de primera instancia que ordenó el pago de sanción moratoria por el retraso en el pago de cesantías parciales. La demanda reclamaba el reconocimiento y pago de la sanción calculada como un día de salario por cada día de retardo desde los plazos legales establecidos, así como ajustes por la disminución del poder adquisitivo, intereses moratorios y costas procesales. La solicitud de pago de cesantías se radicó en mayo de 2021, el acto administrativo de reconocimiento se expidió en agosto de 2021, y el pago efectivo se realizó en octubre de 2021, generando un total de 55 días de mora según el cálculo judicial. La entidad demandada negó las pretensiones alegando fuerza mayor derivada de la pandemia por COVID-19 y cuestionó la fecha de radicación utilizada para el cómputo de la mora.Decisión del tribunal y fundamentos jurídicos
El tribunal administrativo confirmó la sentencia de primera instancia, señalando que no se aportaron pruebas que evidenciaran suspensión de términos o cese de actividades administrativas por la pandemia. Por lo tanto, los términos legales para el reconocimiento y pago de las cesantías transcurrieron normalmente. Se estableció que la fecha válida de radicación de la solicitud de cesantías fue la inicialmente presentada en mayo de 2021, conforme a la trazabilidad en el sistema de atención al ciudadano, y no la indicada en el acto administrativo interno. Esto fue determinante para calcular los plazos legales y la sanción moratoria. Además, se recordó que la ley 1955 de 2019...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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