Tribunal administrativo de Córdoba confirma la naturaleza salarial de la bonificación judicial para efectos de prestaciones sociales
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 18:46:9
El Tribunal Administrativo de Córdoba, Sala Quinta de Decisión, confirmó la sentencia de primera instancia proferida en abril de 2023 por el Juzgado Administrativo Transitorio de Montería, que declaró la naturaleza salarial de la bonificación judicial creada mediante el Decreto 384 de 2013. Esta bonificación, otorgada a los servidores públicos de la Rama Judicial, fue inicialmente reconocida únicamente como factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Antecedentes y solicitud
La demanda planteada por una servidora pública vinculada a la Rama Judicial buscaba la inaplicación del parágrafo del artículo 1° del Decreto 384 de 2013 que limitaba la bonificación judicial como factor salarial solo para la base de cotización al sistema de salud y pensiones. Se solicitó además la nulidad de la resolución que negó el reconocimiento de esta bonificación como factor salarial para la liquidación de todas las prestaciones sociales y, en consecuencia, la reliquidación y pago retroactivo de las diferencias desde el 1° de enero de 2013.Decisión en primera instancia
El juzgado de primera instancia consideró que la bonificación judicial es un incremento salarial y, por tanto, debe incluirse como factor salarial para todas las prestaciones sociales. Se declaró la inaplicación de la limitación contenida en el decreto, ordenando el reconocimiento y pago de las diferencias prestacionales desde el 14 de septiembre de 2015, fecha en que se presentó la reclamación administrativa, debido a la prescripción trienal aplicable.Argumentos de la demandada y recurso de apelación
La entidad demandada, representando a la Rama Judicial, sostuvo que el decreto y las...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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