Tribunal Administrativo de Córdoba confirma inclusión de bonificación judicial como factor salarial
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 18:43:15
El Tribunal Administrativo de Córdoba, en segunda instancia, confirmó la sentencia proferida por el juzgado administrativo transitorio del circuito Montería que accedió a las pretensiones de una demanda interpuesta contra la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de la Rama Judicial.
Contexto del caso
La demanda se originó por la negativa de la entidad demandada a reconocer la bonificación judicial como factor salarial para liquidar todas las prestaciones sociales devengadas por un empleado judicial. Según la normativa vigente, esta bonificación solo se consideraba como base para la cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud, sin incluirse para el cálculo de otras prestaciones sociales.
El demandante, quien mantiene relación laboral con la Rama Judicial desde 2014, solicitó que se declarara la nulidad de los actos administrativos que negaron este reconocimiento y se ordenara la reliquidación y pago de las diferencias salariales y prestacionales correspondientes.
Argumentos y decisión de primera instancia
El juzgado de primera instancia concluyó que la exclusión de la bonificación judicial para efectos prestacionales vulneraba derechos constitucionales relacionados con la protección al trabajo y la igualdad. Se consideró que la bonificación tiene naturaleza salarial, ya que se percibe de manera habitual y constituye una retribución directa por el servicio prestado.
Por tanto, la sentencia ordenó que la bonificación fuera tenida en cuenta para la liquidación integral de las prestaciones sociales causadas y futuras, reconociendo parcialmente la demanda.
Apelación y análisis del tribunal
La entidad demandada interpuso recurso de apelación, argumentando que la normativa vigente establece expresamente que la bonificación judicial solo es factor salarial para efectos de cotización en pensiones...
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