Tribunal administrativo de Córdoba confirma reconocimiento de bonificación judicial como factor salarial
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 18:37:58
Antecedentes del caso
El litigio se originó a partir de la solicitud de un funcionario de la Fiscalía General de la Nación, quien pidió el reconocimiento de la bonificación judicial establecida en el Decreto 382 de 2013 como factor salarial para todas las prestaciones sociales, incluyendo las devengadas y las futuras, con efecto desde el 1 de enero de 2013. Dicha petición fue negada inicialmente mediante actos administrativos, lo que motivó la interposición de un recurso y una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho.Aspectos jurídicos y la controversia
La controversia gira en torno a si la bonificación judicial debe ser considerada como salario para efectos de calcular las prestaciones sociales de los empleados de la Fiscalía. El Decreto 382 de 2013 establece que esta bonificación constituye factor salarial únicamente para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud, excluyéndola para otros cálculos. El tribunal analizó el concepto de salario según el Código Sustantivo del Trabajo y la jurisprudencia constitucional y administrativa, resaltando que el salario comprende toda contraprestación periódica y habitual que recibe el trabajador por sus servicios, salvo algunas excepciones expresamente establecidas. Además, aunque el régimen salarial de empleados públicos tiene particularidades, los principios laborales fundamentales son aplicables como criterios interpretativos.Decisión y fundamentos
El tribunal concluyó que la bonificación judicial, al ser un pago permanente y habitual en contraprestación directa del servicio prestado, cumple con los elementos para ser considerada factor salarial completo. Por lo tanto, debe incluirse en la liquidación de todas las prestaciones sociales....Más noticias sobre Derecho Administrativo
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