Tribunal Administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 18:37:54
Antecedentes y contexto del caso
El proceso se originó tras la demanda presentada para reclamar el reconocimiento y pago de la sanción moratoria establecida en las leyes 1071 de 2006 y 1955 de 2019, por el retraso en el pago de cesantías parciales. La solicitud de cesantías fue radicada el 11 de septiembre de 2020, el acto administrativo de reconocimiento se expidió el 4 de diciembre de 2020 y el pago efectivo se realizó el 4 de febrero de 2021. La demanda reclamó 80 días de mora y solicitó además el pago de ajustes por inflación, intereses moratorios y condena en costas. La entidad territorial demandada se opuso a todas las pretensiones alegando que la solicitud inicial había sido subsanada el 12 de noviembre de 2020, fecha que debía tomarse como válida para calcular los plazos, por lo que el pago se hizo dentro del término legal.Decisión de segunda instancia y fundamentos jurídicos
El Tribunal, competente para conocer la apelación, analizó los términos para la causación de la sanción moratoria conforme a las leyes y jurisprudencia aplicable. Se confirmó que la fecha válida para radicar la solicitud de cesantías fue el 11 de septiembre de 2020, pues fue cuando se completó la documentación requerida a través del aplicativo oficial. En cuanto a la mora, se determinó que hubo un retraso de 41 días en el pago, desde el 25 de diciembre de 2020 hasta el 3 de febrero de 2021. La responsabilidad del pago de la sanción moratoria recae en el Departamento de Córdoba por incumplimiento en los plazos de radicación o entrega de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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