Tribunal administrativo confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías y ordena ajuste por IPC
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 18:37:48
Contexto y antecedentes del caso
El tribunal conoció el recurso de apelación interpuesto contra una sentencia de primera instancia que accedió parcialmente a la demanda relacionada con la sanción moratoria por el pago tardío de cesantías parciales o definitivas. La demanda reclamaba el reconocimiento y pago de la sanción prevista en la Ley 1071 de 2006 y la Ley 1955 de 2019, que establece una penalidad de un día de salario por cada día de retraso en el pago. Los hechos demostraron que la solicitud de pago de cesantías fue radicada a finales de noviembre de 2021, mientras que el pago efectivo se realizó en marzo de 2022. La controversia giró en torno a la correcta contabilización de los días de mora y la responsabilidad de las entidades demandadas, que incluyen al Ministerio de Educación y al Departamento territorial.Decisión y fundamentos jurídicos
El tribunal confirmó que el término máximo para el pago efectivo de las cesantías venció el 3 de marzo de 2022, por lo que la mora solo se causó a partir del día siguiente, fecha en que se efectuó el pago. Se aclaró que la entrada en vigor de la Ley 1955 de 2019 no modificó los términos para la sanción moratoria, sino que estableció una distribución de responsabilidades entre las entidades del régimen prestacional docente. Respecto al ajuste económico de la condena, el tribunal ordenó que las sumas reconocidas sean actualizadas conforme al índice de precios al consumidor, desde la fecha en que cesó la sanción moratoria (4 de marzo de 2022) hasta la ejecutoria de la sentencia, aplicando además los...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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