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Tribunal administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías

Proviene de: Sentencias

1 de julio de 2025 18:37:43

El tribunal administrativo de Córdoba decidió sobre un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia que reconoció parcialmente la sanción moratoria por el pago tardío de cesantías. El caso involucró a la entidad territorial y al Ministerio de Educación, en el contexto de la gestión de prestaciones sociales docentes.

Contexto y antecedentes del caso

La acción judicial se originó tras la solicitud de pago de cesantías presentada en marzo de 2020, cuyo acto administrativo de reconocimiento fue expedido en junio del mismo año, pero el pago efectivo se realizó en septiembre, generando un retraso de 80 días según la primera sentencia. La entidad territorial demandada cuestionó la fecha de radicación de la solicitud, alegando que esta correspondía a abril de 2020, lo que reduciría el periodo de mora a 52 días.

Marco normativo y criterios judiciales

El tribunal recordó que la normativa aplicable a los docentes afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio contempla una sanción moratoria por el no pago oportuno de cesantías, regulada principalmente por la Ley 1071 de 2006 y la Ley 1955 de 2019. Además, se mencionó la jurisprudencia del Consejo de Estado que establece los términos para el inicio y cómputo de dicha sanción, incluyendo plazos para la expedición del acto administrativo y la ejecutoria de decisiones judiciales. Se destacó que, a partir de la Ley 1955 de 2019, la responsabilidad en el pago de la mora se reparte entre la entidad territorial y la fiduciaria que administra los recursos del Fondo, según el grado de responsabilidad en la causación de la demora.

Decisión y efectos...


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