Tribunal Administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías a docente
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 19:18:59
Antecedentes del caso
Una docente departamental solicitó el reconocimiento y pago de sus cesantías parciales en noviembre de 2020. Aunque la entidad territorial emitió el acto administrativo de reconocimiento en diciembre de 2020, el pago efectivo se realizó en marzo de 2021, superando el término legal de 70 días hábiles para cumplir con esta obligación. Ante esta situación, la docente solicitó el reconocimiento y pago de la sanción moratoria establecida en las leyes 244 de 1995 y 1071 de 2006, solicitud que fue negada inicialmente por el Departamento de Córdoba y el Fomag.Decisión de primera instancia
El juzgado administrativo concedió parcialmente la demanda, declarando la nulidad del acto administrativo que negó la sanción moratoria y condenando al Departamento de Córdoba a pagar la multa correspondiente a 15 días de mora, con la actualización monetaria establecida por la ley. Se estableció que la mora se originó por la entrega tardía de la solicitud al Fomag.Recursos de apelación y argumentos
Tanto la docente como el Departamento de Córdoba presentaron recursos de apelación. La docente argumentó que la solicitud fue presentada el 4 de noviembre de 2020, y no el 20 de noviembre como indicó la entidad, lo que afectaría el cómputo de los plazos para el pago y la sanción moratoria. También sostuvo que tanto el Departamento como el Fomag excedieron los plazos legales para la expedición del acto administrativo y el pago respectivo, por lo que ambos deberían asumir responsabilidad. Por su parte, el Departamento argumentó que el pago se hizo dentro del plazo legal y que el acto administrativo no fue impugnado, por...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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