Tribunal Administrativo de Córdoba revoca sentencia y ordena pago de sanción moratoria por demora en cesantías
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 19:18:51
Antecedentes del caso
En un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, se reclamó el reconocimiento y pago de la sanción moratoria establecida en la Ley 1071 de 2006 por el retraso en el pago de cesantías. La solicitud de pago se radicó el 26 de julio de 2017, el acto de reconocimiento se expidió el 5 de diciembre de 2017 y el pago efectivo ocurrió el 19 de junio de 2018, generando una mora de 236 días. El juzgado de primera instancia negó las pretensiones, argumentando que la sanción moratoria ya había sido pagada vía administrativa. Sin embargo, la parte demandante alegó que dichos valores no fueron cobrados, ya que fueron devueltos al ente pagador tras permanecer en una cuenta fiduciaria sin notificación formal.Consideraciones jurídicas y decisión del tribunal
El tribunal confirmó su competencia para conocer el asunto y analizó el problema jurídico principal: determinar si efectivamente existió mora en el pago de cesantías y si la sanción moratoria debía ser reconocida y pagada. Se aplicó la normativa vigente, incluyendo la Ley 244 de 1995 y la Ley 1071 de 2006, así como la jurisprudencia del Consejo de Estado que fija los términos para contabilizar la sanción moratoria. Se estableció que la mora comenzó el 8 de noviembre de 2017 y terminó el 21 de mayo de 2018, totalizando 195 días. El tribunal valoró la evidencia sobre el pago y retiro de las cesantías, verificando que aunque se pusieron a disposición ciertos montos en 2020, estos no fueron cobrados y fueron devueltos al FOMAG. Además, se constató la falta de notificación formal del reconocimiento...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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