Consejo de Estado admite demanda contra decreto presidencial que convoca consulta popular
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 21:43:12
El tribunal administrativo competente para conocer actos administrativos de contenido electoral admitió la demanda interpuesta contra el decreto presidencial que convoca a una consulta popular para el 7 de agosto de 2025. La demanda sostiene que dicho decreto fue expedido sin contar con el concepto previo y favorable del Senado, requisito establecido en los artículos 31 literal b) y 32 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, lo que vulnera el principio de legalidad consagrado en la Constitución.
El decreto en cuestión fue emitido pese a que el Senado negó expresamente el concepto solicitado para la convocatoria. Se argumenta que esta acción desconoce los límites legales y constitucionales del procedimiento y que el presidente invocó indebidamente la excepción del artículo 4 de la Constitución Política para justificar la expedición del decreto.
El Consejo de Estado destacó que el decreto es un acto administrativo de contenido electoral, ya que activa el proceso democrático directo y afecta el ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía. Por ello, está sujeto al control judicial de legalidad en sede contenciosa administrativa, conforme a los artículos 137 y 149 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Asimismo, el tribunal aclaró que aunque la Corte Constitucional tiene competencia para el control previo de constitucionalidad en ciertos mecanismos de participación popular, este control no se extiende automáticamente a todas las consultas populares nacionales, en particular a las que no implican reforma constitucional o convocatoria a Asamblea Constituyente.
Finalmente, el Consejo de Estado dispuso la notificación personal al presidente de la República y a los ministros del gabinete,...
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