Tribunal Administrativo de Caldas anula negativa de pensión de jubilación a docente
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 21:42:59
El Tribunal Administrativo de Caldas, Sala Quinta de Decisión, emitió sentencia de primera instancia en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido contra la Nación – Ministerio de Educación Nacional – Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG). El accionante había solicitado el reconocimiento y pago de una pensión de jubilación a los 55 años, derecho que fue negado mediante resolución administrativa.
Contexto y pretensiones
El docente cumplió los 55 años de edad y acreditó más de 20 años de servicio oficial en la docencia. Solicitó el reconocimiento de una pensión equivalente al 75% de los salarios y primas devengados en el último año antes del estatus de pensionado. La entidad demandada negó esta solicitud argumentando que no se acreditaban los tiempos de servicio requeridos, especialmente debido a la naturaleza civil de algunos contratos.Normativa aplicable y régimen pensional
El Tribunal recordó que para docentes vinculados antes del 27 de junio de 2003 es aplicable el régimen previsto en la Ley 33 de 1985, modificado por la Ley 62 de 1985, que establece la pensión de jubilación en un 75% del salario promedio anual. Los docentes vinculados con posterioridad se sujetan al régimen de prima media de la Ley 100 de 1993 y Ley 812 de 2003, con requisitos y liquidaciones diferentes.Reconocimiento del derecho y liquidación
Se comprobó que el docente cumplió los requisitos de edad y tiempo de servicio, incluyendo periodos de vinculación como empleado público y en la docencia oficial. El ingreso base para la liquidación de la pensión debe comprender los factores salariales sobre los que se efectuaron aportes,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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