Tribunal administrativo anula orden de traslado de patrullera por vulnerar derecho a la unidad familiar
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 21:42:53
El tribunal analizó el caso de una patrullera vinculada desde 2015 a la Policía Nacional, que solicitó traslado voluntario a Manizales en 2018, debido a sus condiciones familiares, y cuyo esposo también es miembro de la institución con traslado a dicha ciudad. En 2022, mediante una orden administrativa, se dispuso su traslado de regreso a Bogotá, desvinculándola además de la especialidad DIJIN, sin que se le notificara ni se le permitiera ejercer el derecho de defensa. La orden se fundamentó en necesidades del servicio, pero no se consideraron las circunstancias personales ni familiares de la funcionaria.
El tribunal señaló que la Policía Nacional cuenta con facultad discrecional para realizar traslados por necesidad del servicio, según la Ley 62 de 1993 y el Decreto 1791 de 2000. Sin embargo, esta facultad no es absoluta y debe ejercerse bajo criterios de racionalidad, proporcionalidad y razonabilidad, respetando derechos fundamentales como la unidad familiar, especialmente cuando existe un vínculo matrimonial y situaciones económicas que podrían verse afectadas.
Se observó que la orden carecía de motivación suficiente y que no se valoraron las solicitudes y peticiones de la patrullera para reconsiderar el traslado, lo que constituye una desviación de poder y abuso del “ius variandi”. La jurisprudencia de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado establecen que el empleador debe analizar las condiciones personales y familiares del trabajador para no vulnerar sus derechos al modificar las condiciones laborales, incluyendo el lugar de trabajo.
Por estas razones, la sala declaró la nulidad parcial de la orden administrativa únicamente en lo relativo a la desvinculación y traslado de la...
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