Consejo de Estado niega deducciones y descuentos tributarios a empresa en proceso contra la DIAN
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 21:42:51
El Tribunal Administrativo de Caldas, en sentencia del 24 de abril de 2025, decidió en primera instancia un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por una sociedad contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La demanda pretendía anular la Liquidación Oficial de Revisión y la Resolución que modificaron la declaración de renta del año gravable 2020 y confirmaron el rechazo de ciertas deducciones y descuentos, así como la sanción por inexactitud.
Rechazo de deducción por pagos de incapacidades
Uno de los aspectos centrales fue la improcedencia de deducir pagos realizados por la empresa para completar el 100% del salario a trabajadores incapacitados por más de tres días. La DIAN argumentó que estos pagos no constituían salario ni cumplían los requisitos para ser gastos deducibles según los artículos 107 y 108 del Estatuto Tributario (ET). El tribunal coincidió con esta posición, destacando que para deducir salarios se debe acreditar el pago oportuno de aportes parafiscales, requisito que no fue cumplido ni probado por la sociedad demandante. El tribunal también señaló que, aunque se argumentara la deducibilidad bajo la causalidad, necesidad y proporcionalidad del gasto, la empresa no demostró la necesidad comercial razonable del gasto, haciendo subjetivo el argumento presentado.Tratamiento del impuesto de industria y comercio (ICA)
En cuanto al ICA, el tribunal sostuvo que conforme al artículo 115 del ET, el impuesto no puede ser simultáneamente deducido en un 50% y tomado como descuento tributario en el otro 50%. Esta doble aplicación constituye un beneficio tributario indebido. Además, se aclaró que no es procedente solicitar como descuento tributario un porcentaje del...Más noticias sobre Derecho Tributario
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